Director: Silvio Verliac              

Un fallo histórico de la Corte Suprema estadounidense de este viernes reordena el comercio global. Para Argentina, el único país de la región con acuerdo bilateral recientemente suscripto, las reglas cambiaron en parte.

El viernes 20 de febrero, la Corte Suprema de Estados Unidos emitió una de las decisiones más significativas del segundo mandato de Trump. Por 6 votos contra 3, el tribunal declaró inconstitucional el uso de la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA) de 1977 como base legal para imponer aranceles. La mayoría fue redactada por el Chief Justice John Roberts, juez conservador, y contó con el voto de dos de los tres nominados por el propio Trump. El fallo invalida los aranceles recíprocos que la administración había aplicado desde abril de 2025 a prácticamente todo el mundo, y deja sin sustento legal el instrumento central de la política comercial del segundo mandato.

Lo que el fallo no hace es tan importante como lo que sí hace. Los aranceles sectoriales sobre acero y aluminio —impuestos bajo Sección 232, una ley distinta— permanecen intactos. La Corte no los tocó.

La reacción de Trump

La reacción fue inmediata. Trump atacó públicamente a los jueces que votaron en su contra, incluidos dos de sus propios nominados, y anunció que reemplazaría los aranceles caídos usando otras herramientas legales. La más rápida disponible es la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que permite un arancel global de hasta el 15% — pero solo por 150 días sin aprobación del Congreso. Es el patrón habitual: reacción fuerte, instrumentación más compleja de lo que la retórica inicial sugiere.

El acuerdo y la economía argentina

El 5 de febrero de 2026, Argentina suscribió con Washington el Acuerdo sobre Comercio e Inversiones Recíprocos, el primero de este tipo en la región, aunque aún no enviado al Congreso argentino para su ratificación. El acuerdo tenía tres ejes centrales. El fallo del viernes los afecta de manera distinta.

El más dañado es el acceso arancelario. La concesión central del acuerdo era la eliminación del arancel recíproco del 10% para 1.675 posiciones arancelarias argentinas, con un impacto estimado en exportaciones de algo más de 1.000 millones de dólares. Ese arancel recíproco era exactamente el instrumento que la Corte acaba de declarar ilegal. La Cámara de Exportadores de la República Argentina fue categórica el mismo viernes: el fallo invalida la única concesión concreta en materia de acceso al mercado que contenía el acuerdo.

Lo que sí sobrevive es la cuota de carne. La ampliación de 20.000 a 100.000 toneladas métricas anuales fue otorgada mediante una proclama presidencial separada —"Ensuring affordable beef for the American consumer"— y no forma parte del texto del acuerdo bilateral. Por eso no está alcanzada por el fallo. Son 80.000 toneladas adicionales en 2026, equivalentes a aproximadamente 800 millones de dólares en exportaciones. Es el dato más concreto y positivo que Argentina puede sostener después del viernes.

El tercer eje es el acero y el aluminio. Los aranceles del 25% y 50% respectivamente sobre exportaciones argentinas, aplicados bajo Sección 232, permanecen vigentes. El acuerdo incluía un compromiso de revisión, pero sin plazo concreto. El fallo no lo activa ni lo cancela. Sigue pendiente.

Más allá del fallo: la relación económica bilateral

El fallo de la Corte no afecta los instrumentos de inversión que sostienen la relación económica entre Argentina y Estados Unidos. El EXIM Bank y el DFC —los vehículos concretos de financiamiento de EEUU— operan bajo legislación propia y no tienen ninguna relación con la IEEPA. Tampoco la línea de swap de divisas de hasta 20.000 millones de dólares acordada con el Tesoro estadounidense en octubre de 2025, un instrumento de estabilización financiera independiente del debate arancelario.

En ese contexto, el litio, otros minerales y la energía merecen una mención específica. Argentina tiene el tercer reservorio de litio del mundo y Vaca Muerta como activo energético de escala global. Son sectores objeto de disputa geopolítica directa entre Estados Unidos y China: quien controla la cadena de suministro de minerales críticos controla una parte central de la transición energética mundial. Ese interés estratégico de EEUU en Argentina no lo toca ningún fallo judicial. Si acaso, en un escenario donde Trump pierde capacidad de usar aranceles como palanca, la inversión directa en sectores estratégicos se vuelve el instrumento principal. Argentina está bien posicionada en ese tablero.

El tablero cambió. La agenda, también.

El fallo del viernes no destruye la relación comercial entre Argentina y Estados Unidos. La reordena. La cuota de carne está intacta. Los instrumentos de inversión siguen activos. La posición estratégica en litio, otros minerales y energía no la toca la decisión judicial.

Lo que sí cambia es el marco arancelario que sostenía la ventaja negociada. Argentina tiene que confirmar en las próximas semanas si el nuevo esquema que Trump construya sobre otras bases legales preserva el acceso preferencial que el acuerdo bilateral había logrado. Esa gestión es concreta.

El dato de fondo es este: Argentina es el único país de la región con un acuerdo bilateral suscripto con Washington, aunque aún pendiente de ratificación del Congreso. Eso es una posición, no un resultado. Usarla bien depende de lo que Buenos Aires haga ahora, no del fallo del viernes.

Y hay una conversación más larga que el acuerdo comercial abre pero no responde: que la posición estratégica de Argentina en minerales críticos y energía se traduzca en desarrollo industrial real y no solo en exportación de materias primas. Esa es la diferencia entre aprovechar una oportunidad histórica y dejarla pasar. El mundo le está prestando atención a lo que Argentina tiene. La pregunta es qué hace Argentina con eso.

Casa Tomada 

 

 

*Texto revisado